La trata en Italia

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En Italia, según el Ministerio del Interior, la trata de personas constituye la tercera fuente de ingresos para las organizaciones criminales, después del tráfico de armas y de drogas.

La normativa italiana para el contrasto a la trata de seres humanos està fundada esencialmente sobre la Ley n. 228 del 11 de agosto de 2003, intitulada “Medidas contra la trata de personas” y sobre el artículo 18 del decreto legislativo 286 de 1998 (Texto único de inmigración).

La protección se desarrolla en dos momentos principales: la primera acogida y el período de reflexión y la protección social, directa a la inclusión socio – laboral de la persona en el territorio nacional o, donde sea posible, en el país de origen. El primero de estos dos momentos está disciplinado por el artículo de la Ley 288 – 2003, el cual prevee la creación de un programa especial de asistencia para las víctimas de trata y explotación, garantizando condiciones adecuadas de alojamiento por medio de una vía transitoria, pensión, asistencia sanitaria y psicologica.

La verdadera y legítima protección de las víctimas está conectada con la posibilidad de entrega de un permiso de estancia, previsto por el artículo 18 del decreto legislativo 286-98, que representa un modelo avanzado en materia, ya que no está vinculado a la colaboración de la víctima en el procedimiento penal contra los traficantes y los explotadores.

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En general, el sistema italiano se adapta y se hace promotor de los principios guías reconocidos a nivel internacional, entre los cuales en primer lugar el principio de autonomía de la víctima, que a través de un programa de asistencia y de desarrollo individual logra su independencia, el principio de integración, que concierne a los sujetos con origen y finalidades diferentes, como las mismas políticas adoptadas; y en fin, el principio de subsidios, por el cual la dimensión territorial representa el punto de referencia donde estructurar la intervención hacia la víctima.

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